Inicio

El primer poder de la República

Este es el Primer Poder de la República, la casa de todos los costarricenses, su casa.

En este lugar se reúnen nuestros representantes para discutir sobre leyes o proyectos que podrían convertirse en leyes de la República, es decir, en normas que debemos cumplir todos. De esta forma, las pueden promulgar, dictar, reformar, derogar o interpretar.

El Poder Legislativo, junto con el Ejecutivo y el Judicial, es uno de los Supremos Poderes de nuestro régimen democrático y republicano. El Ejecutivo administra el país, y el Judicial, imparte justicia y vela por el cumplimiento de la Ley.

La Asamblea Legislativa reside en San José, la capital de la República; pero, en casos especiales, y con el voto de 38 diputados a favor, puede sesionar en cualquier otro lugar de la Nación para resolver los asuntos estrictamente protocolarios que motivaron su traslado.

 

 

 

Primer poder de la República

Funciones

Periodo de sesiones

Órganos legislativos

Las leyes

Veto presidencial

Diputados y diputadas

Fracciones parlamentarias

Atribuciones legislativas

Hacer leyes

Plenario legislativo

Orden del día

Lazos internacionales

Primero de mayo


Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo

alprensa@asamblea.go.cr